Trámites Notariales

Divorcio notarial en Perú: requisitos y cómo funciona la Separación Convencional

Pareja firmando el acta de separación convencional ante notario en Perú

Mucha gente busca «divorcio notarial» pensando que es un trámite de un solo paso — pero el nombre técnico real es Separación Convencional y Divorcio Ulterior, y como su nombre lo indica, son dos pasos separados por un plazo legal mínimo. Además, no es exclusivo de las notarías: la Ley N° 29227 permite hacerlo también en la municipalidad — de ahí que veas ambas opciones mencionadas juntas.

¿Qué es la Separación Convencional y Divorcio Ulterior?

Es un procedimiento no contencioso (sin conflicto entre las partes) que permite a una pareja casada terminar su matrimonio sin pasar por un juicio, siempre que ambos estén de acuerdo. Se llama así porque son técnicamente dos actos distintos:

  1. Separación convencional — se declara primero, ante notario o municipalidad.
  2. Divorcio ulterior — se solicita después, una vez transcurrido un plazo mínimo desde la separación.

«Divorcio notarial» es simplemente la forma coloquial de referirse a todo el proceso cuando se hace en una notaría en lugar de una municipalidad.

¿Notaría o municipalidad? ¿Cuál elegir?

La ley permite ambas vías, y el trámite es esencialmente el mismo en cualquiera de las dos — la diferencia principal suele ser el tiempo de espera para una cita y el costo. La notaría competente (o la municipalidad competente) es la del último domicilio conyugal o la de donde se celebró el matrimonio — no puedes elegir cualquiera al azar.

Requisitos

Para acogerse a este procedimiento, la pareja debe cumplir con:

  • Dos años de matrimonio civil como mínimo, contados desde la celebración.
  • Mutuo acuerdo — si uno de los cónyuges no está de acuerdo con el divorcio o hay algún punto en disputa, el caso deja de ser competencia del notario o la municipalidad y debe resolverse en el Poder Judicial.
  • Sin hijos menores de edad (o mayores con discapacidad), o si los hay, contar previamente con una resolución judicial firme o un acta de conciliación que ya resuelva la tenencia, régimen de visitas y alimentos.
  • Copias simples de los DNI de ambos cónyuges.
  • Copia certificada de la partida de matrimonio, expedida dentro de los 3 meses anteriores a la solicitud.
  • Si hay bienes sociales, la escritura pública de sustitución o liquidación del régimen patrimonial, inscrita en Registros Públicos.

Confirma la lista exacta con la notaría o municipalidad que elijas — algunos documentos adicionales pueden variar según tu caso.

Pasos del trámite

  1. Presentación de la solicitud, firmada por ambos cónyuges, con toda la documentación.
  2. El notario o alcalde verifica los requisitos y, dentro de 15 días, convoca a una audiencia única.
  3. En la audiencia, ambos cónyuges ratifican su voluntad de separarse.
  4. De ratificarse, se declara la separación convencional mediante acta notarial (o resolución de alcaldía, si fue vía municipal).
  5. Transcurridos 2 meses desde esa declaración, cualquiera de los cónyuges puede solicitar el divorcio ulterior (la disolución definitiva del matrimonio), que se resuelve en un plazo no mayor a 15 días.
  6. Inscripción registral del divorcio, para que quede formalmente registrado.

¿Cuánto cuesta un divorcio notarial?

El costo varía según la notaría (o municipalidad) y si hay bienes sociales que liquidar como parte del trámite. No es una tarifa fija a nivel nacional — te recomendamos cotizar directamente con 2 o 3 notarías de tu zona antes de decidir.

Puedes revisar el directorio de notarías por departamento para encontrar y contactar notarías cerca de ti, o consultar los aranceles referenciales de otros trámites notariales frecuentes.

Preguntas frecuentes

¿Es lo mismo separación convencional que divorcio?

No exactamente. La separación convencional es el primer paso — suspende algunos deberes del matrimonio, pero no lo disuelve. El matrimonio termina legalmente recién con el divorcio ulterior, que se solicita después de los 2 meses.

¿Qué pasa si tenemos hijos menores de edad?

Puedes acogerte igual a este procedimiento, pero antes necesitas una resolución judicial firme o un acta de conciliación que ya haya resuelto la tenencia, el régimen de visitas y la pensión de alimentos de los hijos.

¿Se puede hacer si uno de los cónyuges no está de acuerdo?

No. Este procedimiento solo aplica cuando ambos cónyuges están de acuerdo (no contencioso). Si hay desacuerdo, el divorcio debe tramitarse por la vía judicial.

¿Cuánto tiempo toma en total?

El tiempo puede variar según la notaría/municipalidad y la carga de trámites, pero como mínimo hay que contar con los 2 meses de espera obligatorios entre la separación convencional y el divorcio ulterior, más el tiempo de la audiencia y la inscripción registral.


Este artículo tiene fines informativos generales y no constituye asesoría legal para un caso particular. Si tu situación involucra desacuerdo entre las partes, hijos menores sin acuerdo previo, o cualquier otra complejidad, te recomendamos consultar directamente con un notario o abogado especializado en derecho de familia.

👤 Autor: Tu Notario⏱️ Tiempo de lectura: 5 minutos📝 Palabras: 855
📅 Publicado: 26 de julio de 2026

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