¿Qué es la Capacidad de Ejercicio? Capacidad Civil y Menores de Edad en Perú

¿Un menor de edad puede firmar un contrato? ¿Desde qué momento una persona puede ejercer sus derechos civiles por sí misma, sin necesidad de que sus padres actúen en su representación? Estas preguntas giran alrededor de un concepto central del derecho civil peruano: la capacidad de ejercicio. Es un tema que suele confundirse con la «emancipación» que existe en otros países, pero en el Perú funciona de una manera distinta.
En esta guía te explicamos qué es la capacidad de ejercicio según el Código Civil peruano, en qué se diferencia de la capacidad de goce, quiénes tienen capacidad restringida, y cómo un menor de edad puede adquirir plena capacidad antes de cumplir 18 años.
Capacidad de goce vs. capacidad de ejercicio
El Código Civil peruano distingue dos tipos de capacidad, y confundirlas es el error más común:
- Capacidad de goce: es la aptitud para ser titular de derechos y obligaciones. La tiene toda persona desde su nacimiento (e incluso el concebido, para todo cuanto le favorece), sin excepción. Un recién nacido ya puede ser propietario de un bien, por ejemplo, si lo hereda.
- Capacidad de ejercicio: es la aptitud para ejercer esos derechos por uno mismo, sin necesidad de un representante. Esta sí depende de la edad y de otras condiciones que establece la ley.
La diferencia práctica es esta: un niño de 5 años puede ser dueño de una casa que heredó (capacidad de goce), pero no puede venderla, alquilarla ni firmar ningún documento sobre ella por sí mismo (no tiene capacidad de ejercicio) — para eso necesita que sus padres o tutores actúen en su representación.
¿Quiénes son absolutamente incapaces?
El artículo 43 del Código Civil peruano establece que son absolutamente incapaces los menores de dieciséis años, salvo para aquellos actos que la propia ley les permite realizar. Vale la pena mencionar que este artículo cambió en 2018: antes también incluía a personas con discapacidad (sordomudas, ciegosordas, ciegomudas que no podían expresar su voluntad), pero el Decreto Legislativo N° 1384 eliminó esos supuestos, reconociendo la plena capacidad jurídica de las personas con discapacidad en línea con la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.
Capacidad de ejercicio restringida
El artículo 44 del Código Civil identifica a quienes tienen capacidad de ejercicio restringida —es decir, no son incapaces, pero su capacidad para actuar por sí mismos está limitada—:
- Los mayores de dieciséis y menores de dieciocho años de edad.
- Los pródigos (quienes dilapidan su patrimonio de forma desmedida).
- Quienes incurren en mala gestión de su patrimonio.
- Los ebrios habituales y los toxicómanos.
- Quienes sufren una pena que lleva anexa la interdicción civil.
A diferencia de un incapaz absoluto, las personas con capacidad restringida sí pueden celebrar por sí mismas contratos relacionados con las necesidades ordinarias de su vida diaria (por ejemplo, un adolescente de 17 años puede comprar sus útiles escolares o su transporte sin que sus padres firmen por él), pero para actos de mayor trascendencia patrimonial —vender un inmueble, aceptar una herencia, otorgar un poder amplio— sigue necesitando la intervención de sus padres o de un representante legal.
Cómo un menor adquiere plena capacidad antes de los 18 años
Aunque la regla general del artículo 42 es que la plena capacidad de ejercicio se adquiere a los dieciocho años, existen excepciones en las que un menor la obtiene antes:
- Por matrimonio: el propio artículo 42 reconoce plena capacidad de ejercicio a los mayores de catorce y menores de dieciocho años que contraen matrimonio.
- Por ejercer la paternidad o maternidad: la misma excepción del artículo 42 aplica a los adolescentes mayores de catorce años que se convierten en padres o madres.
- Por obtener un título oficial: el artículo 46 establece que la incapacidad de ejercicio de los mayores de dieciséis años también cesa cuando obtienen un título oficial que los autoriza a ejercer una profesión u oficio.
Un detalle importante: esta capacidad adquirida no se pierde si el matrimonio termina después (por ejemplo, por divorcio); una vez adquirida la plena capacidad de ejercicio por esta vía, se mantiene.
¿Por qué esto importa en trámites notariales?
Entender estos límites es clave cuando un menor de edad participa —directa o indirectamente— en un trámite notarial. El caso más frecuente es cuando un menor va a viajar, donde justamente por no tener plena capacidad de ejercicio se requiere la autorización de quienes ejercen su patria potestad; puedes revisar el detalle en nuestra guía de permiso notarial de viaje para menores. Lo mismo ocurre cuando un menor recibe una herencia, una donación, o cualquier bien que requiera algún acto de disposición futura: quien actúa legalmente por él son sus padres o su tutor, precisamente porque el menor todavía no tiene capacidad de ejercicio plena para hacerlo por sí mismo.
Preguntas frecuentes sobre la capacidad de ejercicio
¿»Emancipación» y «capacidad de ejercicio» son lo mismo?
No exactamente. «Emancipación» es un término usado en otros países (como España) para referirse a un mecanismo formal mediante el cual un menor deja de estar bajo la patria potestad. El Código Civil peruano no usa esa figura; en su lugar, regula directamente cuándo cesa la incapacidad o la capacidad restringida de un menor, a través de los artículos 42, 44 y 46 que hemos revisado en esta guía.
¿Un menor de 17 años puede firmar un contrato de trabajo?
Depende del tipo de trabajo y de la normativa laboral especial para adolescentes, que exige autorización de los padres o del tutor, además de las condiciones que establece la legislación de trabajo de menores. Este es un ámbito distinto al Código Civil general, regulado por normas específicas de protección al trabajo adolescente.
¿La capacidad restringida por mala gestión o prodigalidad es automática?
No. A diferencia de la restricción por edad (que aplica automáticamente a todos los menores de 16 a 18 años), estos supuestos requieren una declaración judicial previa que determine que la persona efectivamente incurre en esa conducta antes de que se le pueda restringir su capacidad de ejercicio.
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